Trabajo en alturas – Reentrenamiento: requisitos, duración y proceso

Trabajo en alturas - Reentrenamiento: requisitos, duración y proceso

El Trabajo en alturas – Reentrenamiento es un proceso de formación complementaria dirigido a reforzar los conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para desarrollar actividades bajo condiciones de riesgo de caída. Su finalidad no es crear un nuevo nivel de formación, sino mantener las condiciones necesarias para que un trabajador autorizado pueda continuar desempeñando sus funciones cuando se presenta una de las situaciones que activa el reentrenamiento.

En Colombia, este proceso debe relacionarse con las condiciones reales de la empresa, el cargo, las actividades desarrolladas, los procedimientos de seguridad y el programa de prevención y protección contra caídas. Por eso, no debe confundirse con el curso inicial ni con una evaluación médica ocupacional.

La Resolución 4272 de 2021 establece escenarios específicos para el reentrenamiento, incluyendo cambios en las condiciones técnicas, tecnológicas o laborales, ingreso de un trabajador a una nueva empresa o proyecto y determinados casos de actualización después de 18 meses. Para los escenarios contemplados por la norma, la intensidad mínima es de 8 horas, con una distribución que prioriza el componente práctico.

¿Qué es el Trabajo en alturas - Reentrenamiento?

Trabajo en alturas - Reentrenamiento

El reentrenamiento es una formación complementaria destinada a reforzar conocimientos, habilidades y destrezas relacionadas con las actividades que desarrolla una persona autorizada.

Su característica principal es que parte de una situación laboral concreta. El contenido debe considerar las condiciones de la empresa, las tareas realizadas, los procedimientos establecidos, los equipos utilizados, las observaciones encontradas durante la ejecución de las actividades y las necesidades identificadas dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por esta razón, el reentrenamiento no debe tratarse como una repetición automática del proceso inicial. Su diseño debe responder al contexto en el que el trabajador realmente desarrolla sus actividades.

No es el curso inicial

El reentrenamiento no reemplaza la formación inicial requerida para desempeñar un rol determinado.

La información operativa suministrada para este servicio identifica expresamente que se trata de una actividad diferente al proceso inicial de formación. Su propósito es actualizar, reforzar y verificar competencias previamente adquiridas.

Tampoco constituye un nuevo nivel dentro de la estructura de capacitación. La propia regulación señala que el reentrenamiento es un requisito para mantener activo al trabajador que desempeña actividades bajo estas condiciones.

¿Cuándo puede generarse la necesidad?

La necesidad puede aparecer cuando cambian las condiciones técnicas, tecnológicas o laborales relacionadas con la actividad.

Entre las situaciones contempladas se encuentran:

  • Cambio de actividad.
  • Modificación de procedimientos.
  • Cambios en técnicas de trabajo.
  • Cambio de equipos o tecnologías utilizadas.
  • Modificación de las actividades laborales.
  • Ingreso de un trabajador nuevo a una empresa o proyecto.
  • Necesidad de actualización bajo las condiciones establecidas para trabajadores que permanecen en la misma empresa y actividad.

También puede existir la necesidad de un reentrenamiento inmediato cuando se detecten fallas en la aplicación de las medidas de prevención o en el uso de los sistemas de protección contra caídas.

¿Cuántas horas dura el reentrenamiento?

Para los escenarios establecidos en la Resolución 4272 de 2021, el reentrenamiento contemplado para trabajadores autorizados tiene una duración mínima de 8 horas.

La distribución depende de la causal. Cuando se trata del reentrenamiento asociado a cambios en las condiciones técnicas, tecnológicas o laborales, la norma establece una duración mínima de 8 horas, con 20 % teórico y 80 % práctico.

En el caso del reentrenamiento como medida de actualización, también se establece un mínimo de 8 horas, igualmente con predominio del componente práctico.

Por lo tanto, la duración no debe interpretarse simplemente como una jornada académica genérica. El programa debe estar diseñado de acuerdo con las necesidades del empleador o contratante y con las actividades que desarrolla el trabajador.

Componente teórico y práctico

La estructura suministrada para el servicio contempla:

20 % de formación teórica
Permite reforzar aspectos relacionados con procedimientos, prevención, responsabilidades, cambios aplicables y condiciones específicas del trabajo.

80 % de entrenamiento práctico
Permite desarrollar ejercicios relacionados con las condiciones reales de la actividad, los equipos y procedimientos utilizados por el trabajador.

La regulación establece además que el reentrenamiento de actualización debe impartirse presencialmente.

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¿Quién debe realizar el reentrenamiento?

El proceso debe desarrollarse mediante un oferente autorizado que cumpla las condiciones establecidas para la capacitación y entrenamiento correspondiente.

La Resolución 4272 de 2021 contempla diferentes tipos de instituciones y proveedores habilitados para ofrecer procesos de capacitación y entrenamiento, bajo los requisitos establecidos en la propia regulación.

En consecuencia, no es suficiente con que una persona tenga conocimientos generales sobre seguridad y salud en el trabajo. La capacitación correspondiente a los roles de trabajo en alturas debe desarrollarse dentro del esquema autorizado y con personal que cumpla los requisitos aplicables.

El entrenador y el centro de entrenamiento

El proveedor debe disponer de los recursos y del personal idóneo para desarrollar el proceso.

En el caso de los procesos relacionados con trabajo en alturas, la regulación contempla requisitos específicos para los entrenadores y para los centros que ofrecen capacitación y entrenamiento.

La información operativa del servicio establece como referencia: Centro de entrenamiento autorizado.

También indica que la IPS ocupacional no debe asumir directamente la formación especializada en alturas si no cuenta con las condiciones correspondientes para actuar como centro autorizado.

Esto es importante porque una evaluación clínica o una actividad de Seguridad y Salud en el Trabajo no convierte automáticamente a una institución en centro de entrenamiento para este tipo de formación.

¿Qué documentos se necesitan?

Para procesos de reentrenamiento, el proveedor debe solicitar información y documentación que permita verificar las condiciones del trabajador.

Dentro de la información suministrada para este servicio se contempla:

  • Identificación del trabajador.
  • Información relacionada con la empresa y la actividad.
  • Soportes de afiliación a seguridad social cuando correspondan.
  • Certificado de aptitud médica para desarrollar actividades bajo estas condiciones.
  • Certificado previo de capacitación y entrenamiento como trabajador autorizado.
  • Información necesaria para identificar el rol correspondiente.
  • Documentación adicional solicitada por el centro de capacitación.

Es importante diferenciar estos documentos de los productos propios del proceso formativo. El reentrenamiento genera una constancia o certificación del proceso, mientras que los documentos relacionados con aptitud médica pertenecen al componente de salud ocupacional.

El reentrenamiento no es una consulta médica

El proceso de reentrenamiento pertenece al ámbito de formación y entrenamiento. No debe presentarse como una consulta médica, ni como una evaluación médica ocupacional.

Sin embargo, esto no significa que los requisitos de salud desaparezcan. La Resolución 4272 de 2021 establece que, para los procesos de reentrenamiento, el oferente debe solicitar al empleador determinados soportes, entre ellos el certificado de aptitud médica correspondiente.

Por eso, formación y aptitud médica son componentes diferentes que pueden intervenir en el cumplimiento integral de los requisitos.

¿Qué roles pueden estar relacionados con el reentrenamiento?

La regulación diferencia los roles relacionados con el trabajo en alturas y establece requisitos de formación específicos para cada uno.

Entre los roles contemplados se encuentran:

Cada rol tiene responsabilidades y requisitos diferentes. Por esta razón, una constancia correspondiente a un rol no debe presentarse como si acreditara automáticamente otro.

Evitar confundir los roles

La información operativa del servicio establece expresamente la necesidad de mantener separados los roles identificados dentro del esquema 4272.

Esto es especialmente importante en procesos empresariales donde existen trabajadores con funciones diferentes. Un documento correspondiente a un trabajador autorizado no debe utilizarse indistintamente para demostrar el cumplimiento de requisitos propios de un coordinador, entrenador o jefe de área.

La correcta identificación del rol permite definir qué formación corresponde, qué documentación debe conservarse y qué evidencia debe incorporarse al expediente del trabajador.

¿Cómo funciona el proceso de reentrenamiento?

El proceso puede integrarse al sistema de gestión de la organización mediante una secuencia documentada:

F0. Identificación de la necesidad

La necesidad puede surgir de:

  • Matriz de peligros.
  • Requisitos normativos.
  • Accidente o incidente.
  • Cambios de cargo.
  • Cambios en actividades.
  • Auditorías.
  • Observaciones del coordinador.
  • Cambios tecnológicos o de procedimientos.

F1. Diseño del programa

Se determinan los objetivos, contenidos, duración y componentes prácticos que correspondan a la situación identificada. El contenido debe guardar relación con la actividad que desarrolla el trabajador y con las necesidades de la empresa.

F2. Verificación del instructor u oferente

Antes de ejecutar el proceso se debe comprobar que el proveedor y el personal responsable cumplen las condiciones aplicables.

F3. Convocatoria y documentación

Se recopilan los datos y documentos requeridos, se conforman las listas y se realizan las verificaciones previas necesarias.

F4. Ejecución

Se desarrolla el componente teórico y práctico de acuerdo con el programa diseñado. En los escenarios de reentrenamiento previstos por la regulación, la actividad práctica tiene una participación predominante.

F5. Evaluación del aprendizaje

Se verifica que el trabajador haya desarrollado o reforzado las competencias previstas en el proceso.

F6. Registro y evidencias

La organización debe conservar las evidencias correspondientes, incluyendo la documentación del proceso y la constancia o certificación expedida.

F7. Seguimiento

El proceso debe integrarse a la gestión preventiva de la empresa y permitir identificar futuras necesidades de actualización o reentrenamiento.

F8. Indicador de cobertura

La empresa puede utilizar indicadores para controlar la cobertura del personal que requiere formación, actualización o reentrenamiento dentro de su programa de capacitación.

¿Qué certificado o constancia se entrega?

Al finalizar satisfactoriamente el proceso, el proveedor debe dejar constancia de la capacitación y entrenamiento realizada.

La información suministrada para este servicio identifica específicamente una: Constancia de reentrenamiento.

La Resolución 4272 de 2021 establece requisitos mínimos para los documentos de certificación y contempla información como la identificación de la persona, el nivel correspondiente y los datos del proveedor que realizó la capacitación. También establece obligaciones relacionadas con el registro de los procesos.

La evidencia debe corresponder exactamente al rol que realizó el trabajador. Por ello, no se debe utilizar una constancia genérica para presentar cumplimiento de un rol diferente.

¿Quién asume el proceso y cómo se documenta?

La responsabilidad de gestionar el reentrenamiento corresponde al empleador o contratante dentro de las situaciones previstas por la regulación.

La norma establece que, cuando corresponde realizar el reentrenamiento por vinculación a una nueva empresa o proyecto, el proceso forma parte de la inducción laboral y no debe trasladarse al trabajador como una obligación económica individual.

La organización debe integrar las evidencias dentro de su sistema documental.

Para la gestión interna del servicio se contempla:

  • Plataforma: PDF de constancia o informe y lista correspondiente.
  • Archivo maestro: carpeta documental del contrato.
  • Canal de soporte: la documentación oficial debe conservarse en el repositorio definido por la organización; WhatsApp no debe utilizarse como archivo maestro.

Además, la regulación contempla obligaciones de reporte relacionadas con la ARL y el registro de los procesos ante la autoridad competente.

¿Qué no incluye este servicio?

Para evitar confusiones comerciales y operativas, el servicio debe diferenciarse claramente de otras actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El reentrenamiento:

  • No es el curso inicial.
  • No es una consulta médica.
  • No sustituye una evaluación médica ocupacional.
  • No es una medición higiénica.
  • No convierte una IPS ocupacional en centro de entrenamiento autorizado.
  • No acredita automáticamente un rol diferente al que aparece en la constancia.
  • No debe mezclarse con procesos correspondientes a otros riesgos o roles.
  • No constituye un nuevo nivel de formación.
  • No reemplaza las obligaciones del empleador dentro del SG-SST.

La separación de estas actividades permite que la empresa mantenga una trazabilidad documental adecuada y evite presentar como equivalente un documento que tiene una finalidad diferente.

Normatividad relacionada con el proceso

El marco normativo suministrado para este servicio contempla diferentes disposiciones colombianas relacionadas con Seguridad y Salud en el Trabajo.

Entre ellas se encuentran:

  • Decreto 1072 de 2015.
  • Resolución 0312 de 2019.
  • Resolución 4927 de 2016.
  • Resolución 4272 de 2021.
  • Resolución 0491 de 2020, cuando corresponda a espacios confinados.
  • Resolución 5018 de 2019, cuando corresponda al riesgo eléctrico.
  • Normativa relacionada con PESV y transporte cuando exista flota.
  • Decreto 1079 de 2015, cuando resulte aplicable.
  • Decreto 1295 de 1994.
  • Ley 9 de 1979.
  • Ley 1010 de 2006.
  • Resolución 1075 de 1992.
  • Resolución 2400 de 1979.
  • Resolución 2674 de 2013, cuando corresponda a actividades relacionadas con alimentos.

No todas estas disposiciones regulan directamente el reentrenamiento en alturas. Su inclusión dentro de la matriz normativa debe entenderse según el riesgo, actividad económica, proceso o programa específico de cada organización.

La disposición directamente relacionada con el proceso analizado es la Resolución 4272 de 2021, que regula los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajo en alturas y establece disposiciones sobre capacitación, entrenamiento y reentrenamiento.

¿Por qué es importante gestionar correctamente el reentrenamiento?

Trabajo en alturas — Entrenador

La gestión adecuada permite mantener alineados tres elementos: las competencias del trabajador, las condiciones reales de la actividad y las obligaciones documentales de la empresa.

Un trabajador puede haber recibido formación anteriormente, pero las condiciones de ejecución pueden cambiar. Nuevos procedimientos, equipos, actividades, tecnologías, empresas o proyectos pueden generar la necesidad de actualizar conocimientos y habilidades.

Por eso, el reentrenamiento debe analizarse desde la realidad operacional y no únicamente desde la existencia de un certificado anterior.

La organización debe poder demostrar qué trabajador realizó el proceso, qué rol desempeña, qué situación originó el reentrenamiento, quién realizó la capacitación y qué evidencias quedaron registradas.

Una gestión documental adecuada facilita la trazabilidad

La trazabilidad permite relacionar al trabajador con su rol, formación, reentrenamiento, documentación y condiciones de operación.

Esto facilita el seguimiento interno del SG-SST y permite responder de manera organizada ante procesos de verificación, auditoría o requerimientos documentales.

La evidencia debe mantenerse organizada y asociada al trabajador y al contrato o proyecto correspondiente.

Preguntas frecuentes sobre Trabajo en alturas - Reentrenamiento

No. El reentrenamiento es una formación complementaria y no constituye el nivel inicial de capacitación. Su objetivo es reforzar conocimientos, habilidades y destrezas de trabajadores que ya cuentan con la formación correspondiente.

Sí. La Resolución 4272 de 2021 establece una duración mínima de 8 horas para los escenarios de reentrenamiento contemplados en la norma, con predominio del componente práctico.

No debe interpretarse de esa manera. La norma contempla diferentes causales. La actualización asociada a los 18 meses corresponde a un escenario específico en el que el trabajador ha permanecido en la misma empresa y actividad bajo las condiciones establecidas. También existen causales relacionadas con cambios técnicos, tecnológicos, laborales, procedimientos, actividades o ingreso a una nueva empresa o proyecto.

Cuando el reentrenamiento corresponde a la situación laboral prevista en la norma, la responsabilidad de gestionarlo recae sobre el empleador o contratante. La Resolución 4272 de 2021 establece expresamente que, en el caso de vinculación a una nueva empresa o proyecto, no puede exigirse al trabajador asumir el reentrenamiento por su cuenta.

No. Son procesos diferentes. El reentrenamiento corresponde a capacitación y entrenamiento, mientras que la aptitud médica pertenece al componente de salud ocupacional. Para determinados procesos de reentrenamiento, el proveedor debe verificar el certificado de aptitud médica correspondiente.

Depende de que cumpla los requisitos y condiciones aplicables como oferente o centro autorizado. No debe asumirse que prestar servicios de salud ocupacional convierte automáticamente a una institución en centro autorizado para capacitación y entrenamiento especializado en alturas.

No debe utilizarse indistintamente. Los roles tienen requisitos y responsabilidades diferentes, por lo que la documentación debe identificar correctamente el nivel o rol correspondiente.

Como mínimo, debe conservar la documentación correspondiente al proceso realizado, la identificación del trabajador, el rol, el proveedor, la constancia o certificación y los soportes que correspondan según el proceso y las obligaciones de la organización.

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